La Protección de Infraestructuras Críticas.

 

Art. 2.m.: “Operadores críticos: las entidades u organismos responsables de las inversiones o del funcionamiento diario de una instalación, red, sistema, o equipo físico o de tecnología de la información designada como infraestructura crítica con arreglo a la presente Ley”. Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas.

 

Los más recientes acontecimientos relacionados con el terrorismo han traído como consecuencias inmediatas la expansión del miedo, así como la percepción en la mayoría de la idea de que estamos ante una guerra sin frentes definidos contra un enemigo envuelto en la transparencia que nuestra sociedad les brinda. Ese ejército invisible que golpea en la retaguardia civil de Occidente es uno de los principales riesgos con los que, hoy, todos debemos bregar de manera constante. Pero no es el único.

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