Primer Plan General de Emergencias del Estado (PLEGEM).

Este primer Plan General de Emergencias del Estado (PLEGEM) vendrá a reforzar la coordinación entre administraciones en el ámbito de la Protección Civil, integrándose, además, en el Sistema Nacional de Seguridad.

El PLEGEM permitirá atender emergencias inespecíficas y multirriesgo que los planes ordinarios no atienden de manera concreta. Además, integrará por vez primera todos los planes estatales y autonómicos, reforzando los mecanismos de colaboración entre las distintas administraciones públicas. Se creará el Mecanismo Nacional de Respuesta en Emergencias que permitirá movilizar los recursos del sistema entre comunidades autónomas en situaciones que no hayan sido declaradas de interés nacional.

En definitiva, el PLEGEM supone el cumplimiento de uno de los mandatos de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, según el cual se tiene que establecer la organización y los procedimientos de actuación de la Administración General del Estado para, por un lado, prestar apoyo y asistencia a las demás Administraciones Públicas en las situaciones de emergencias de protección civil; y, por otro, para ejercer la dirección y la coordinación del conjunto de las Administraciones Públicas en las emergencias de interés nacional. Por lo que el PLEGEM nace con la vocación de ser es el instrumento que consolide el Sistema Nacional de Protección Civil.

Os dejamos enlace al Plan General de Emergencias del Estado.

 

SÍGUENOS EN ...

TwitterFacebookLinkedin